La alianza de los titulares de pólizas de Vespers
HogarAcerca deInversionistasAgentesEnglishNoticiasUna la Lista Correo ElectrónicoContacto

FAQs

Instrucciones

Inversionistas — Opción 2

Si (a) la Opción 1 es aprobada y (b) los inversores en una póliza en particular cuyas inversiones representan como mínimo el 40% del valor nominal de la póliza han manifestado su interés en la Opción 2, se considerará que dichos inversores han elegido la Opción 2 y han acordado autofinanciar su parte de las primas de la póliza, como se describe a continuación. A la fecha de vencimiento de la(s) póliza(s), un inversor adherente a la Opción 2 recibirá como máximo sólo el porcentaje de la inversión inicial en dicha Póliza vencida, (como se especificó previamente) multiplicada por el valor nominal de la Póliza vencida.

En el caso de la Opción 2, usted tendrá la obligación de: (a) reembolsar al Financiador el monto de todas las primas y los gastos relacionados que hubiera pagado en su representación posteriormente al 1 de septiembre de 2007, y (b) pagar la parte que le corresponde de todas las primas y los gastos ulteriores necesarios para conservar la póliza válida hasta su vencimiento. La parte que le corresponde de dichas primas y gastos relacionados estará basada en el porcentaje de su inversión inicial. El agente administrativo Lifetrade Management Company, N.V., administrará la Opción 1 y la Opción 2.

La Opción 2 requiere que mantenga, con sus propias fuentes de financiación, una reserva para los gastos administrativos y las primas, establecida por el agente administrativo. En un principio esta reserva incluirá el monto requerido para reembolsar al Financiador. En la presente notificación se incluye el cálculo inicial de la Opción 2 estimativo del monto de la reserva correspondiente a su(s) póliza(s), (no vinculante). Debido a las restricciones de las leyes de confidencialidad, usted no puede pagar la prima directamente a la compañía de seguros; por tal motivo, el agente administrativo debe desempeñar esta función. En este momento, estamos ultimando los detalles específicos con el agente administrativo; no obstante, si usted elige la Opción 2, usted acuerda firmar un acuerdo de administración con el Agente administrativo que incluya una cláusula que nos exima de culpa y cargos.

Como existen múltiples inversores en relación con cada póliza, la Opción 2 únicamente es viable si se aprueba la Opción 1 y los inversores cuyas inversiones representan como mínimo el 40% del valor nominal de la póliza eligen la Opción 2, al firmar y enviar el acuerdo de aceptación luego de marcar la casilla correspondiente a dicha opción.

Al momento de pagar las ganancias de una Póliza vencida debido al fallecimiento del asegurado, éstas deben distribuirse de acuerdo a la Opción 2, como se indica a continuación:

Tenga en cuenta que este ejemplo incluye referencias a los inversores adherentes a la Opción 1 debido a que las Pólizas vencidas pueden incluir tanto inversores adherentes a la Opción 1 como a la Opción 2. La distribución por orden de prioridad en la Opción 2 contempla esta eventualidad

primero, al Financiador y los Titulares de pólizas (nosotros mismos), a fin de rembolsar a estas personas los costos razonables en los que han incurrido en relación con la transacción; los costos de la transacción no reembolsados y acumulados a la fecha de vencimiento de la póliza se dividirán entre todas las pólizas, incluso la Póliza vencida, sobre la base de su respectivo valor nominal;

   

segundo, a la empresa afiliada al Financiador Lifetrade Management Company, N.V. y cualquier otro Agente Administrativo aprobado por el Financiador: un monto equivalente a todos los cargos acumulados que se adeuden a dichos Agentes Administrativos; y al Financiador: un monto equivalente a todos los montos previamente pagados por éste a dichos Agentes Administrativos con respecto a la Póliza vencida hasta esa fecha;

   

tercero, al Financiador y cualquier parte protegida afiliada a éste: el monto (si se pagara un monto) de todos los cargos acumulados e impagos, reembolsos e indemnizaciones que se adeudaran al Financiador y a las partes protegidas en virtud de los Documentos de la transacción, por ejemplo, los cargos y los gastos relacionados con la Póliza vencida y una parte de los gastos generales indirectos relacionados con la administración de estos acuerdos propuestos; los costos indirectos, no reembolsados y acumulados al momento de vencimiento de la póliza se dividirán entre todas las pólizas válidas a esa fecha, incluso la Póliza vencida, sobre la base de su respectivo valor nominal;

   

cuarto, a cada inversor adherente a la Opción 2 en dicha Póliza vencida, adherente a la Opción 2: un monto que no exceda el porcentaje de la inversión inicial en dicha Póliza vencida efectuada por dicho inversor, (como se especificó más arriba) multiplicada por el valor nominal de la Póliza vencida;

   

quinto, a los inversores adherentes a la Opción 1 que (en calidad de inversor adherente a la Opción 2) realizaron inversiones ulteriores en la Póliza vencida: un monto sobre la base de la inversión ulterior en la Póliza vencida efectuada por dicho inversor dividida por el total de las inversiones ulteriores en la Póliza vencida realizadas por todos los inversores de la Opción 1, que no exceda las inversiones ulteriores en dicha Póliza vencida efectuadas por dicho inversor;

   

sexto, a cada inversor en la Póliza vencida, adherente a la Opción 1: un monto basado en el porcentaje residual de la inversión, que no exceda la inversión de capital inicial en dicha Póliza vencida realizada por dicho inversor. El porcentaje residual de la inversión equivale al porcentaje de la inversión inicial del inversor dividido por el total de los porcentajes de inversión inicial en dicha Póliza vencida, correspondientes a todos los inversores adherentes a la Opción 1;

   

séptimo, al Financiador: el resto de las ganancias sobre dicha Póliza vencida, si hubiere. Cada distribución hecha por orden de prioridad se realiza únicamente luego de efectuar las distribuciones de conformidad con el párrafo precedente o los párrafos precedentes.


  Chasque aquí si usted es un inversionista pero no recibió nuestra letra

Es posible que no obtenga ganancias suficientes para recuperar el total de su inversión en la póliza, según la fecha de vencimiento de la póliza. Si elige la Opción 2 y luego incurre en incumplimiento de la obligación de pago de la prima, implementaremos la Opción 1 para usted en razón de dicha mora. Además, si por causa de un inversor adherente a la Opción 2 que incurre en incumplimiento, el valor nominal mínimo de la póliza cae por debajo del 40% establecido para el programa de la Opción 2, todos los otros inversores en dicha póliza adherentes a la Opción 2 pasarán a ser inversores adherentes a la Opción 1.

Si le interesa elegir la Opción 2, marque la casilla correspondiente en el acuerdo de aceptación, fírmelo y envíelo de acuerdo a las instrucciones indicadas a continuación. Si elige la Opción 2, le enviaremos una planificación de costos e instrucciones para implementar dicha opción.

Instrucciones

USTED DEBE ELEGIR UNA OPCIÓN A MÁS TARDAR EL 31 DE JULIO DE 2008 (“PLAZO PARA LA ELECCIÓN DE OPCIONES”).

En el caso de que una póliza se venciera antes del Plazo para la elección de opciones, recibirá la parte proporcional del beneficio por fallecimiento que le corresponde una vez deducido el monto de la parte prorrateada correspondiente al monto de los pagos de la prima que el Financiador hubiera efectuado desde el 1 de septiembre de 2007, y los gastos relacionados del Financiador y del Titular de póliza.

Para elegir la Opción 2, debe marcar la casilla correspondiente a esta opción en el acuerdo de aceptación y firmar y enviarnos dicho acuerdo antes del plazo para la elección de opciones; no obstante, recuerde que esto representará un voto a favor de la Opción 1 (que constituye un prerrequisito para la implementación de la Opción 2) y no garantiza su participación en la Opción 2, como se aclaró previamente.

Envíenos por correo el acuerdo de aceptación firmado a: P.O. Box 33253, Washington, DC, 20033-0253. Hemos incluido un sobre previamente impreso para facilitarle el trámite. Si desea enviarnos su acuerdo de aceptación formalizado mediante servicio de correo, como Federal Express o UPS, por favor dirija el sobre a 2100 M St., NW, Suite 170-345, Washington, DC 20037-1233. Recuerde conservar una copia firmada del acuerdo de aceptación para su registro personal.

En el caso de que usted o sus asesores deseen formular preguntas sobre esta notificación, escríbanos a PO. Box 33253, Washington, DC, 20033-0253 o envíenos un correo electrónico a: questions@privatesectorfix.info.

Terms and ConditionsPrivacy Policy